Diferencias entre un abogado (a) y un notario público (a)
- thelawyersblogcr
- 12 oct 2020
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 13 oct 2020
Aunque muchos consideran que abogado y notario publico son sinónimos, es necesario eliminar esa premisa y conocer las diferencias entre ambos, esto con el fin de realizar un uso correcto del vocablo y, sobre todo, saber cuando se necesita a un abogado o a un notario para una situación en especifico.

Keywords: Law, Differences, Attorney, Solicitor, Public.
Desde vieja data en Costa Rica, el abogado ha ejercido la función de notario público, por lo que cabe la posibilidad de que hayan personas que piensen que el ejercicio notarial es parte obligatoria de la actividad profesional del abogado, lo cual es completamente erróneo, puesto que si bien para ser notario un presupuesto esencial es ser un abogado colegiado activo, no todos los abogados incorporados activos son notarios públicos.
La actividad del abogado y la actividad notarial se encuentran reguladas por normativas diferentes, por lo cual si un notario es suspendido, no necesariamente será suspendido como abogado, pero si un abogado es suspendido y ejerce la función notarial este necesariamente será suspendido como notario, ya que como se mencionó anteriormente, el elemento esencial para ser notario es ser un abogado activo.
Por lo antes expuesto, los notarios públicos cuentan con características muy propias que los diferencias de los abogados, entre esas características se destacan:
Como requisito esencial para ser notario es ser abogado incorporado activo, sin embargo, para ser abogado no se requiere ser notario.
Si un notario público es suspendido no necesariamente será suspendido como abogado, pero si un abogado es suspendido, este será suspendido para ejercer como notario.
El notario público cuenta con una delegación estatal y el abogado por su parte tiene una función privada.
El notario tiene una función pública y los abogados una función privada que bien puede ser ejercida de manera pública o privada.
En cuanto a la representación, el notario público representa al Estado y el abogado representa a una de las partes.
La imparcialidad es otra de las características particulares de los notarios, ya que su rol es la búsqueda de equilibro entre las partes, y en los abogados se diferencian por ser parciales, pues su rol es la defensa del cliente.
El notario tiene comparecientes, rogantes, otorgantes o partes y los abogados únicamente tienen clientes.
Por su fe pública otorgada por el Estado, el notario legitima y autoriza actos, y los abogados tratan de legitimar o bien deslegitimar actos.
Como parte de su función notarial, el notario cartula en nombre del Estado, y el abogado aboga.
El notario solo actúa solo en sede voluntaria y donde hay acuerdo entre las partes, por su parte el abogado no puede tratar con la contraparte, únicamente con el abogado que la dirija y actúa en sede contenciosa.
Los notarios públicos sólo actúan a petición de parte (función rogada) y los abogados aceptan voluntariamente algún caso o actúan de oficio.
Si los notarios se niegan a ejercer la función notarial deben justificar la negativa a dar el servicio, por su parte, el abogado no debe justificar la negativa de brindar el servicio.
Los notarios públicos deben tener una oficina abierta al público, en cambio, los abogados no se encuentran obligados a tener una oficina abierta al público.
Como se puede apreciar, tanto el abogado como el notario público realizan funciones distintas, de ahí la importancia de conocer sus diferencias para así, acudir al profesional correcto ante una determinada situación.
Arianna Araya Valerio
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